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La ley 20.255 Cotizaciones de Personas que Emiten Boletas de Honorarios.

La ley 20.255 estableció que las personas que emitan boletas de honorarios estarán obligadas a realizar cotizaciones previsionales.

Este proceso se implementará de manera gradual en el tiempo. En particular, durante los años 2012, 2013 y 2014, los trabajadores y profesionales a honorarios deberán cotizar para pensión y seguridad laboral, salvo que manifiesten expresamente lo contrario. A partir de enero 2015, esta norma no admitirá excepción y todos los trabajadores que emitan boletas de honorarios deberán cotizar por estos conceptos. Desde el 2018, deberán hacerlo también para salud.

Esto les permitirá acceder a los mismos beneficios que los trabajadores dependientes, es decir, derecho a salud, seguridad laboral y pensiones de vejez e invalidez y, en caso de fallecimiento, pensiones de sobrevivencia para sus beneficiarios.

Así, cotizando regularmente al Sistema Previsional, miles de trabajadores independientes y sus familias tendrán protección económica frente diversos riesgos y circunstancias de la vida.

¿Quiénes deberán hacer cotizaciones?

Deberán cotizar las personas que emiten boletas de honorarios por su trabajo o servicio, cuya renta imponible anual sea mayor a un Ingreso Mínimo (en el año 2011 el Ingreso Mínimo es de $182.000). La renta imponible anual tiene un tope igual al límite imponible máximo mensual que afecta a las remuneraciones, multiplicado por 12 (actualmente 66 UF *12 = 792 UF anuales).

Aquellos trabajadores que emitan boletas de honorarios y, además, tengan un contrato de trabajo como dependiente por una remuneración inferior al límite imponible antes señalado, deberán cotizar por los ingresos que reciban por concepto de honorarios considerando el máximo imponible anual.

¿Quiénes no estarán obligados a cotizar?

No estarán obligadas a cotizar las personas que, emitiendo boletas de honorarios, estén en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Afiliados al Instituto de Previsión Social (ex INP), a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), o a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Que coticen mensualmente por una remuneración igual al límite imponible mensual (actualmente 66 UF).
  • Que al 1 de enero del 2012 tengan más de 55 años de edad, en el caso de los hombres, o más de 50 años de edad, en el caso de las mujeres.

Infecciones intrahospitalarias

Manual, infecciones intrahospitalarias. Medidas generales de prevención y control.

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Modifica el decreto n° 594, de 1999, patologías musculoesqueléticas en las extremidades superiores.

Modifica el decreto n° 594, de 1999, sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Considerando:
-el aumento de trabajadores que sufren patologías musculoesqueléticas en las extremidades superiores, y
- la necesidad de disponer medidas de protección para los trabajadores de modo de prevenir trastornos músculo esqueléticos de las extremidades superiores.

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Resolución N° 1924 dispone la actualización del listado básico de los e.p.p.

Resolución N° 1924 dispone la actualización del listado básico de los elementos de protección personal.

Atte., CRISTIAN C.S

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Informe final, Comisión Asesora Presidencial para la Seguridad en el Trabajo.

Informe final, Comisión Asesora Presidencial para la Seguridad en el Trabajo.

Al grave derrumbe de la mina San José, ocurrido el jueves 5 de agosto de 2010, que dejó atrapados por 70 días a 33 mineros chilenos a unos 700 metros de profundidad, le siguió el mayor y más exitoso rescate de la historia de la minería a nivel mundial.
Nuestra actitud de país solidario frente a la adversidad; el entusiasmo, ingenio y creatividad puestos al servicio de un propósito común; y el liderazgo claro y resuelto del Presidente de la República, S.E. Sebastián Piñera E., quien asumió en forma inmediata el compromiso del gobierno por hacer todo lo humanamente posible para rescatar con vida a esos 33 compatriotas, permitieron que este accidente tuviese un final feliz.
Las adversidades unen a los chilenos. Algo que nos caracteriza es saber salir fortalecidos de los grandes desafíos que se nos presentan. Daremos ahora, una vez más, prueba de esta capacidad para sacar lecciones de los problemas y, a partir de éstos, construir un país mejor.
En especial, la situación de la Mina San José nos ha ayudado a valorar la seguridad y nos ha impulsado a comprometernos a realizar los cambios necesarios para tener un Chile más seguro. Así, trabajaremos para que este caso marque un antes y un después en materia de seguridad laboral.
Si fuimos capaces de hacer las cosas bien para lograr un rescate exitoso, reconocido y valorado internacionalmente, también podemos lograr un salto hacia adelante en materia de seguridad laboral. Debemos bajar la tasa de accidentes y la tasa de mortalidad. Necesitamos hacer reformas para que los trabajos de las chilenas y chilenos sean seguros y saludables. Agradezco al Presidente de la República la oportunidad de liderar esta Comisión Asesora Presidencial de Seguridad en el Trabajo, que durante los últimos tres meses ha construido un diagnóstico muy completo y ha elaborado propuestas en distintos ámbitos de nuestro sistema de seguridad laboral.
Durante el trabajo de la Comisión recibimos a mucha gente -dirigentes sindicales, empleadores, y expertos – y en todos ellos advertimos un gran interés por aportar y ser partícipes de este gran desafío. Se presentaron críticas,
pero también soluciones. Es claro que no existe una receta mágica para solucionar los problemas, sino que se requiere un conjunto de reformas que van desde tener una política nacional que oriente los esfuerzos hacia un objetivo común, hasta crear una nueva institucionalidad, fortalecer la fiscalización, cambiar el régimen de las sanciones, mejorar los incentivos, y tener mayor capacitación y prevención. Los testimonios coinciden también en señalar que esta es una tarea a la cual TODOS, desde sus diferentes roles, pueden contribuir. Nuestro objetivo final es avanzar en el desarrollo de una cultura de seguridad, donde esta sea un valor intransable, presente en todas nuestras acciones; no sólo en
el trabajo, sino también en nuestro hogar.
Desarrollar buenas condiciones laborales no es sólo un imperativo ético, sino que representa la base para tener equipo unido, motivado, productivo y exitoso. Trabajar con seguridad es hacer las cosas bien; significa trabajar
sin errores y con calidad. Desde esta perspectiva la seguridad no es un costo, sino una inversión.
Como Presidenta de la Comisión Asesora Presidencial para la Seguridad en el Trabajo agradezco a sus integrantes el enorme esfuerzo realizado para completar este Informe, en un plazo muy breve. Para cumplir con la misión encomendada han dejado de lado sus múltiples ocupaciones, aportando sus conocimientos, talentos y experiencias a la tarea de mejorar las condiciones de trabajo de los chilenos. Lo han hecho con un profundo sentido patriótico, por lo que agradezco su importante y desinteresado aporte al país.
El propósito del Gobierno es crear una verdadera cultura de buenas prácticas en materia laboral, que sea parte del alma nacional. Esa cultura nos va a permitir garantizar un trabajo seguro y digno, donde los trabajadores sean
valorados y sus derechos respetados.

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Decreto supremo n°40

El presente reglamento establece las normas que regirán la aplicación del Título VII, sobre Prevención de Riesgos Profesionales y de las demás disposiciones sobre igual materia contenidas en la Ley N° 16.744, sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales.  Asimismo, establece normas para la aplicación del artículo 171 del Código del Trabajo. Para los efectos del presente reglamento se entenderán por riesgos profesionales los atinentes a accidentes en el trabajo o a enfermedades profesionales.

Gentileza ACHS

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